Emprendimiento
¿Cuáles son las obligaciones fiscales de las personas morales?
Las personas morales tienen obligaciones fiscales especiales para organizaciones y empresas que contemplan formas de administración para regular las actividades económicas en México.
Principales obligaciones fiscales de las personas morales
Te presentamos las responsabilidades más importantes que toda persona moral del régimen general (601) o de cualquier otro régimen para empresas y organizaciones debe cumplir ante el SAT:
1. Inscribirse en el RFC
El primer paso como contribuyente, tanto personas físicas como personas morales, es obtener tu Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Este trámite se hace al momento de constituir la empresa, a través del portal del SAT o con ayuda de un contador.
Durante tu inscripción en el RFC puedes aprovechar para generar tu e.firma o firma electrónica avanzada como persona moral que más adelante utilizarás para tramitar tu Certificado de Sello Digital que te permitirá emitir facturas electrónicas y realizar otros trámites en el SAT.
2. Emitir facturas electrónicas (CFDI 4.0)
Una vez inscrita tu empresa, debes emitir Comprobantes Fiscales Digitales por Internet (CFDI) por cada venta o servicio prestado. Esta obligación aplica sin importar el tamaño del negocio o el régimen fiscal al que pertenezca.

3. Presentar declaraciones mensuales y anuales
Las personas morales deben declarar sus ingresos, egresos y retenciones cada mes, además de presentar una declaración anual en marzo del año siguiente al ejercicio fiscal desde el portal del SAT. Aquí se incluyen impuestos como:
- ISR (Impuesto sobre la Renta).
- IVA (Impuesto al Valor Agregado), cuando aplique.
- IEPS (Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios), en productos y servicios gravables.
- Retenciones por sueldos, honorarios o arrendamientos.
Adicionalmente, algunas personas morales tienen que presentar la Declaración Informativa de Operaciones con Terceros (DIOT) si trabajan con proveedores.
Te enseñamos cómo hacer tus declaraciones fiscales con nuestras guías prácticas sobre el tema: Declaración anual de personas morales / ¿Cómo y cuándo presentar la declaración mensual?
4. Llevar contabilidad electrónica
Las empresas también están obligadas a llevar un registro contable en medios electrónicos y enviarlo periódicamente al SAT. Esto incluye el catálogo de cuentas, la balanza de comprobación y las pólizas contables cuando lo solicita las autoridades fiscales (artículo 28 del Código Fiscal de la Federación).
Conoce los pasos para gestionar tu contabilidad electrónica exitosamente en nuestro blog: ¿Qué es el proceso contable y cuáles son sus etapas?
5. Registrar y actualizar el Buzón Tributario
El Buzón Tributario es tu canal de comunicación oficial con el SAT y es obligatorio activarlo y mantener actualizados los medios de contacto. Ahí recibirás notificaciones, avisos y requerimientos fiscales. Aprende a activarlo de manera sencilla aquí: ¿Cómo activar el Buzón Tributario?
6. Cumplir con obligaciones laborales y de seguridad social
Aunque no son directamente fiscales, las contribuciones al IMSS, INFONAVIT y aportaciones al SAR (si tienes empleados) deben ser declaradas y pagadas puntualmente.

Obligaciones fiscales de las personas morales con fines no lucrativos
Cuando se trata de personas morales que operan sin fines de lucro como las asociaciones civiles, sindicatos o instituciones de beneficencia (rescate de animales, casas hogares, comunidades, etc.), el SAT otorga estímulos fiscales y obligaciones reducidas para contribuir a su causa sin dejar de regular sus movimientos:
- Inscribirse en el RFC como persona moral. Tutorial aquí: Da de alta tu RFC.
- Emitir un CFDI por cada donación, cuota o ingreso.
- Presentar declaraciones mensuales y anuales de donativos deducibles, ingresos, egresos y actividades realizadas.
- Algunas también tiene que llevar contabilidad electrónica, pero con excepciones o facilidades.
- Habilitar el Buzón Tributario y actualizar su información de contacto, ya que es el medio de comunicación del SAT.
Nota: Las personas morales que quieran ser donatarias autorizadas, también deben inscribirse al Padrón de Donatarias Autorizadas, presentar las declaraciones e informes correspondientes y renovar su autorización periódicamente. Conoce más en: http://omawww.sat.gob.mx/donatariasautorizadas/paginas/index.html
Todas las obligaciones fiscales que mencionamos se fundamentan en el Código Fiscal de la Federación (CFF), la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), la Ley del Impuesto al Valor Agregado (LIVA), la Resolución Miscelánea Fiscal y la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).
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